Consolida tu Plan Personal de Retiro
Si yo tuviera que resumir los principales beneficios concretos de un PPR, diría que son los incentivos fiscales que tienen. Se pueden pagar menos impuestos al contratarlos y se pueden pagar menos impuestos al recibirlos. Al contratarlos te beneficias doble porque Guardas dinero para cuando llegues a los 65 años y eres premiado por eso. El ahorro para el retiro es el que más beneficios está aportando. Las proyecciones futuras dicen que en 25 años seremos un país de viejos. La mayor parte de la población tendremos más de 60 años. ¿Te puedes imaginar eso? Hoy somos un país joven mayoritariamente.
Si ahora te tuviera que explicar concretamente los beneficios que obtienes con el Consolida de GNP, te diría que, además de los impuestos que te puedes ahorrar, el plan te garantiza dos formas de entregarte tu dinero que son únicas de GNP: 19
1) En Rentas Vitalicias. Te garantiza ingreso de por vida.
2) Por medio de un Fideicomiso GNP. Puedes administrarlo mejor.
Estas dos son adicionales a la forma tradicional de entregártelo en una sola exhibición. Las estadísticas dicen que el monto entregado en un solo pago duran como máximo cinco años. Es por eso que GNP se preocupó por brindarte opciones que te garanticen que el dinero te va a durar mucho tiempo y puede que hasta toda la vida. Ya alguna vez escribí sobre el riesgo de vivir mucho. Más de lo planeado.
Espero que ya conozcas los beneficios fiscales del Art. 176 LISR sobre los cuales ya he escrito. Por sino lo has hecho te digo que te permite hacer deducible hasta el 10% de tu ingreso anual o 5 Salarios Mínimos Anuales de tu Área Geográfica. Adicionalmente puedes diferirlo como ingreso gravable al momento de recibirlo, durante 10 años. Esto lo tiene Consolida. Tiene incluido un Seguro de Vida con un costo muy bajo para ti. Te permite además contratar más protección por fallecimiento hasta 10 veces tu ahorro.
Para ilustrar usaré el ejemplo de José de 40 años, que gana anualmente $400,000 y quiere tener a los 65 años un monto igual a $1500,000. Contratar un Plan Consolida por ese monto de ahorro y el mismo de protección tiene una Prima Total de $53,288, de los cuales $38,880 son para formar su ahorro del retiro y el restante para su protección por fallecimiento. El monto que puede hacer deducible de impuestos es el destinado a su fondo de retiro. Esto le representa $10,886 de ahorro en el pago de sus impuestos. El Caso de José está adquiriendo una protección por fallecimiento e invalidez que ya están contemplados dentro de la Prima total. Es una protección que le resulta muy barata.
Si multiplicamos los $38,880 por los 25 años que le restan a José para los 65 años, nos da un total de $699,850 de aportaciones totales. El plan le garantiza recibir $1500,000, él, recibirá 2.1 veces sus aportaciones. Esto es si decide recibirlo en un solo pago. Con ese monto de ahorro puede garantizar una Renta Vitalicia anual de más de $100,000 anuales. Recibiendo el primer año doble renta por un beneficio exclusivo de GNP. Si José viva hasta los 90 años habrá recibido $2500,000 garantizado. José ya no tiene que preocuparse si vive muchos años. Las rentas se ajustan a la inflación de forma anual, para proteger el poder adquisitivo de las rentas de José.
Te recuerdo que si te interesa aprovechar los beneficios fiscales y pagar menos impuestos en tu próxima Declaración Anual, debes contratar y pagar estas primas antes de que finalice el 2009. El tiempo es corto pero todavía puedes hacer algo al respecto y haciéndolo con lo que yo llamo Inversiones Deducibles, porque todo lo que pagues para este plan lo estás guardando y no gastando. Pequeña diferencia. Te puedo regalar una consulta gratuita de una hora si te interesa saber cómo funciona tu caso específico. Sólo tienes que enviarme un mail y solicitarlo ya que sólo daré cinco consultas gratuitas.
Por otro lado te recuerdo que en la pestaña de Contacto de este Sitio puedes encontrar diferentes formas de contactarme. Elige la que mejor creas conveniente Si estás realmente interesado en un plan Consolida te pido te pongas en contacto conmigo lo antes posible, porque debido a que se acerca el cierre del año tengo una agenda muy apretada, y es importante que tengamos tiempo suficiente para analizar tu caso especifico y solicitar tu póliza de forma anticipada. Si terminas contratando Consolida por nuestro conducto te puedo dar un beneficio exclusivo para ti. Contactame.
Muy buen post Eloy, excelente para que los que no tenemos un plan de retiro empecemos a pensar en ello y nos apliqueños,
Tengo unas dudas, cuando indicas “las rentas se ajustan a la inflación de forma anual”, te refieres a la anualidad de la prima, o bien al valor futuro que tendra los $1,500,000 dentro de 25 años.
Tengo entendido que GNP maneja otra opción “Proyecta Afecto”, para aplicar el seguro a los 55 años ¿Cuál es la ventaja de Consolida antes esta opción?
Qué sucede si nuestros empleados diputados deciden suprimir o modificar los beneficios de los articulo (218, 176, 109)
Gracias
Sara
Josefo Sara ,Gracias por dejar sus comentarios.
Sara:
Sobre tus dudas vamos en partes:
Las Rentas que se ajustan a la inflación si son las Rentas Vitalicias. Los $1500,000 también se ajustan anualmente a la inflación..
Respecto al plan Proyecta Afecto al 218 se entrega a los 60 años. No a los 55.Consolida no está peleado con este plan porque es afecto al 176. Sus beneficios se pueden combinar. El artículo 218 te permite deducir hasta $152,000 el 176 hasta eñ 10% del ingreso anual. Son perfectamente compatibles y complementarios. No son competencia. GNP tiene un nuevo plan llamado Elige que combina los beneficios de ambos planes.
Respecto a los Diputados si ellos deciden cambiar esos artículos no te preocupes (Aunque dudo en realidad que lo hagan, luego explico por qué) recuerda que las leyes no son retroactivas. Si contrataste un PPR afecto al 176 y un Plan de Retiro afecto al 218 no te pueden aplicar una ley retroactivamente.
Existe un endoso que debe traer tu póliza con la autorización de Hacienda.
Saludos,
Eloy López.
Hola.
Tengo unas dudas.
De acuerdo a la nueva ley de LISR solo se tendra aumento del ISR a personas que tengan ingresos mayores a 20000 bueno no recuerdo bien el importe. Dime este plan que estas ejemplificando aqui ¿aplica a personas con un ingreso menor o de que rango de ingresos es aplicable este plan?
Ya que como sabemos las empresas se encargan de descontar y aplicar los pagos a dichos impuestos.
Eloy, CONTESTANOS LAS DUDAS DEL POST PASADO POR FAVOR. Me pareció interesante este post y el pasado, sin embargo yo y muchas otras personas tenemos muchas dudas, ojalá nos las puedas responder, gracias.
Me parece buena la explicación sin embargo considero que puede haber planes que se adapten mejor ya que en el caso de un PPR contratado con alguna aseguradora, esta siempre querrá vender un aseguro de vida, y por ejemplo, sería más barato contratar por una parte un plan por 53 mil que representaría una devolución de ISR de 15 mil pesos aproximadamente y con ese importe contratar una seguro de vida y prácticamente con la devolución se estaria cubriendo el precio de la prima….. Aún así es buena opción, pero se ve disminuida al mezclar un seguro con un PPR. Saludos.
Por otro lado, considero que la cobertura en caso de muerte podría cubriese con un micro seguro o dos de 300 mil pesos cada uno, ya que no hay restricción legal para contratar varios a la vez y por ende resultaría mucho más económico tener por separado el PPR y el seguro de vida.
Gracias, actualmente estoy prejubilado, tengo 56 años y quisiera por favor saber si GNP tiene algún plan por medio del cual pueda yo aportar alguna cantidad (mensual ó anual) durante 5 ó 10 años y a su término empezar a recibir un monto ó renta vitalicia de preferencia mensual. Mi intención es procurarme una entrada complementaria a la pensión del IMSS.
En caso de sí tener algún plan para este propósito, aquí en Monterrey NL a donde puedo dirigirme y/o con quién para recabar información acerca del plan.
Gracias, atentamente, Inocencio vázquez Flores, [email protected], 044 81 1507 1501
tenia un ppr entre american expres y el suscrito, lo puedo retirar porque ya no trabajo en la empresa y cunato cobra hacienda por el retiro, para pasarlo a un plan de inversion personal
¿En realidad las rentas vitalicias se ajustan con la inflación? Hoy en una sucursal me han dicho que no, que se quedan congeladas porque «ya no le aportas nada al capital del ahorro».
Me interesa contratarlo pero necesito asesoría en este último punto.
Eloy, ¿puedes enviarme por favor un mail?
[email protected]
Gracias.