Seguros de Ahorro para el Retiro. Vitalis-Podcast #2.
El ser humano está expuesto a una serie de riesgos. Uno de ellos, y que la gente repara poco en el, es el vivir mucho tiempo. Muchas personas en México piensan o sienten que ahorrar para el momento en que sean personas de la tercera edad no tiene mucho sentido. ¿Por qué? No lo sé, supongo que es por el deseo que tenemos en nuestro subconsciente de no vernos como unas personas viejas. En el fondo creo que todos quisiéramos morir jóvenes. De esta forma podríamos “vivir la vida al máximo”. Preocuparse por el futuro, y más si es joven, no es bien visto. Yo tengo una pregunta ¿Y si logras vivir muchos años? La respuesta es muy personal, sólo creo que es un escenario que hay que plantearte y empezar a resolver. ¿Por qué? Porque si lo haces desde muy joven sólo debes destinar una cantidad mínima. Tienes el tiempo a tu favor. El tiempo, al momento de hacer crecer el dinero, es un factor importante.
México en 30 años, cuando más, será un país mayoritariamente de viejos. Más de la mitad de la población perteneceremos a la conocida Tercera Edad. ¿Qué implica eso como país? Que los gastos por enfermedades o servicios para esas personas se elevarán. Que la productividad dependerá de la mayor parte de personas de esa edad. El gobierno lo sabe y es por ello que ha buscado incentivar el Ahorro para el Retiro, Por lo cual ha autorizado que sean dos artículos de la ley del ISR, el 176 y el 218, que permiten que esos ahorros que hagan las personas sean 100% deducibles de impuestos. En este podcast # 2 de Vitalis-Podcast hablamos de los Seguros de Retiro.
Los beneficios Fiscales de deducción para el retiro en Seguros para el Retiro pueden ser sumados. El articulo 176 permite deducir hasta el 10% de los ingresos o 5 Salarios Mínimos Mensuales de la Región Geográfica, lo cual es aproximadamente $100,000 anualmente. Deben ser ahorrados en Planes Personales de Retiro (PPR). El otro articulo, el 218, permite deducir hasta $152,000 de tu declaración anual y que ese monto puedas ahorrarlo en dos años distintos, hasta abril del mismo año en que se presenta la Declaración Anual. El Seguro afecto a este artículo debe tener la autorización de la Secretaria de Hacienda. Si sumas los dos beneficios puedes deducir de tus ingresos hasta $252,000 anualmente
Te dejamos algunas reflexiones importantes sobre los Seguros para el Retiro. Es una Introducción sobre un panorama general de las opciones que existen al respecto. En participaciones posteriores buscaremos ser más específicos sobre los tipos de planes de Seguros para el Retiro, con el objeto de que tú sepas cuál es el que mejor se adapta a resolver tus preocupaciones.
Por favor deja tus comentarios para que podamos descubrir los temas que más te interesa escuchar en este espacio de Podcast. Esa será nuestra guía para el contenido de los próximos capítulos. Por cierto en el próximo capítulo hablaremos de Seguros Dotales, unos excelentes Instrumentos Financieros de Ahorro y Protección. Ganancia Garantizada con Riesgo Cero. Una combinación que ningún otro instrumento en México lo puede dar. Seguros que han demostrado su fortaleza en la pasada crisis financiera. Pasaron la prueba de fuego, lo cual no es poca cosa.
Hola Eloy,
una pregunta, para poder hacer deducible el consolida, es decir, en la declaracion anual, que documentos se deben entregar al contador?? ¿la factura unicamente o se debe solicitar a la aseguradora otro documento extra??
gracias y felicidades por tu site.
Guillermo,
Te recomiendo que te acerques a tu agente. él debio entregarte la factura del Consolida donde se separa la parte deducible y la que no lo es. Consolida tiene una parte que no es deducible. Revisa si la factura que te dieron viene n separados los conceptos.
Espero habertte ayudado.
Saludos,
Eloy López.
Existen esquemas de inversion donde puedes invertir tu ahorro al 100% sin pagar prima como sucede en los seguros y por lo tanto obtener mejores rendimientos sobre todo si vas a largo plazo, y junto a esto aprovechar los beneficios fiscales de deducibilidad para el plan de retiro que establece la ley y ademas administrarlo bajo Fideicomiso para proteger legalmente ese patrimonio. En Skandia somos especialistas en el tema, les dejo mis datos; Manuel Mier, [email protected] , 33 11486987.