Cómo sumar los beneficios del 176 y 218 con seguros de retiro
La pregunta más recurrente que recibo, respecto a los seguros de retiro deducibles de impuestos, es ¿Cómo sumar los beneficios del artículo 176 y el art 218 de forma correcta? Es por ello que escribí una serie de post y grabé un par de videos para explicar el art 218 y otro donde explico el 176. Aun así quedaron algunas dudas al respecto. Esperaba que antes de que finalizara el año pudiera hacer un webinar para explicarlo. El tiempo me ganó y es entonces que decidí hacerlo más practico y resolverlo “en vivo” por medio de la Twitcam. Lo que puedes ver aquí es la grabación del tema con dudas que fueron dando algunos de los asistentes. Espero que te sea útil. Te recomiendo que si vas a verla lo hagas con tiempo. Duró casi una hora y creo que se pudo grabar cuando menos 30 minutos.
¿Quieres tener una idea rápida de cómo sumar ambos beneficios fiscales?
Hable de una persona que gana 200mil pesos al año y quiere ahorrar 30mil anuales para su retiro y contratar un Seguro PPR (Plan Personal de Retiro) afecto al 176. En ese caso el máximo que puede deducir es de 20mil pesos al año. ¿Por qué? Porque dicho articulo dice que se puede deducir anualmente máximo el 10% del ingreso. Si bien hay un tope de máximo 5 Salarios Mínimos Generales Mensuales de la región geográfica donde viva, ya llegó al primer tope. No podría hacer deducibles, con este mismo seguro, los otros 10mil pesos que piensa ahorrar cada año para su retiro. ¿Qué puede hacer entonces? Ahorrarlos en un Seguro afecto al art 218. El cual le permite deducir hasta 152mil pesos anuales. Quiere decir que en este caso el máximo que podría deducir anualmente, con ambos seguros de retiro, es de 172mil pesos.
Se puede contratar un seguro para cada artículo o bien se puede contratar uno que contenga ambos beneficios en uno solo. En mi opinión estos últimos son un poco complejos y tardados de entender. Hay aseguradoras que ya los manejan así. Mi recomendación es que es mejor tenerlos separados.
Explicamos el caso de una persona que gana 500mil pesos al año. Ella puede hacer deducible anualmente máximo 202mil pesos sumando los beneficios fiscales que le dan ambos artículos. 152mil pesos por el art 218 y 50mil pesos por el art 176. Como ves los beneficios fiscales que puedes sumar dependen de tus ingresos anuales y lo que estés dispuesto a ahorrar en seguros de retiro.
¿Qué articulo es mejor?
Ninguno. Ambos tienen beneficios fiscales diferentes. Por alguna razón los puedes sumar. Lo más importante es que puedas hacer una planeación de la cantidad que quieres ahorrar anualmente, que definas con cuánto te gustaría retirarte y finalmente cuál sería la mejor estrategia fiscal a seguir, para que así puedas obtener los máximos beneficios.
No me cansaré de insistir en la importancia de que ahorres para tu retiro. Seguiré siendo insistente en ello y también explicaré el tema las veces que sea necesario y por los medios que mayor impacto tengan en ti. Si necesitas asesoría al respecto no dudes en contactarme y usar mi experiencia a tu favor. Recuerda que por ser lector del blog te puedo regalar una sesión de 1 hora por SKYPE. En ella te ayudaré a determinar tus necesidades y capacidades de ahorro. Te puedo garantizar que será muy provechosa, o puedes contactarme con tu caso particular en cualquiera de los medios que están en la pestaña de Contacto de este sitio. Será un gusto ayudarte a tener el mejor retiro posible.